¿El informe anual obligatorio es igual al que me piden para el cómite de seguimiento?

26 de mayo de 2025

El informe anual obligatorio se debe presentar antes del 28 de Febrero de cada año. En el se informan las actividades realizadas el año anterior.  Algunas subcomisiones han implementado “comités de seguimiento”, en el marco de estos comités algunas subcomisiones solicitan informes. Es importante que no confundas estos dos informes, ya que aunque pueden tener información similar, el informe anual es el que figurará en tu expediente a fin de dar seguimiento por parte de la UBA a tu carrera de doctorado.

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